Diario El Accionista

JURISPRUDENCIA - DOCTRINA - LEGISLACION - IMPUESTOS - SOCIEDADES ANONIMAS
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Buenos Aires, Viernes 27 de Enero de 2012
AÑO LXVII - Nº 17602
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UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA



Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Artículo 20, inciso 15., de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.
RESOLUCION 12/2012 Bs. As. 19/01/2012

Que el inciso 2. del artículo 13 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias establece que es competencia de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA disponer y dirigir el análisis de los actos, actividades y operaciones que puedan configurar actividades de Lavado de Activos o de Financiación del Terrorismo y, en su caso, poner los elementos de convicción obtenidos a disposición del MINISTERIO PUBLICO, para el ejercicio de las acciones pertinentes.



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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA



INFORMA

HORARIOS DE ATENCIÓN EN ENERO


Durante enero la IGJ restringirá la recepción de trámites y atenderá con horarios reducidos
Así lo dispone la Resolución Nº 4/2011 emitida por el organismo. La medida es acorde a la disminución del flujo de trámites durante el período de feria judicial.
Según la resolución, a partir del 2 de enero y hasta el 1 de febrero, se prevé el siguiente esquema de atención en la Inspección General de Justicia:
Horarios de atención
Mesa de Entradas: recepción de trámites, de 9:30 a 12:00 hs.; trámites urgentes para el Departamento de Precalificación, de 8:00 a 9:00 hs.
Área de intervención y Rúbrica de Libros: recepción de trámites, de rámites de 11:00 a 13:00 horas; trámites urgentes de 11:00 a 12:00 hs.
Plazo del trámite urgente
Se establece en 96 horas el plazo para la sustanciación de trámites registrales del Departamento de Precalificación y para los trámites del Área Intervención y Rúbrica de Libros.
Recepción de oficios judiciales
Solo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente:
a) Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
b) Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;
c) Los provenientes de organismos instructorios en materia penal;




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ADEPA - Asociación de Entidades Periodísticas



Preocupan gravemente a ADEPA nuevos controles para el acceso al papel para diarios

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) alertó sobre los graves riesgos para la libertad de expresión que plantea la decisión del gobierno de Cristina Fernández de imponer controles para el acceso al papel para diarios.

La resolución que otorga a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación el control total de la producción e importación de papel para periódicos, confirma los serios temores expresados por la institución que reúne a editores de prensa antes de que fuera sancionada la ley, el 22 de diciembre pasado, tras un acelerado trámite parlamentario en el que la voz de las entidades periodísticas no fue escuchada.

Sin duda, el nuevo avance gubernamental sobre el abastecimiento de este insumo, a través del establecimiento de cupos para la producción y la importación, configura una amenaza a la libertad de expresión, en tanto este mecanismo puede ser usado como herramienta de presión editorial o censura indirecta, algo expresamente vedado por la Constitución Nacional y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Resulta alarmante que un pedido unánime de todas las organizaciones de prensa del país -el de respetar la libre importación sin cupos ni aranceles- sea el primero en ser desoído y que ya se hayan establecido topes al ingreso de papel desde otros países.

Por primera vez en décadas, los diarios argentinos vuelven a depender del arbitrio del gobierno a la hora de importar papel, algo que retrotrae a épocas sombrías para el ejercicio del periodismo libre en el país.

El control estatal de las dos alternativas de abastecimiento -el papel nacional y el importado- da al gobierno de turno un poder inédito sobre lo que se podrá publicar en la Argentina, algo profundamente contradictorio con la esencia misma del rol de la prensa en la democracia, que debe guardar autonomía del poder político para ejercer la crítica y ser un vehículo de control social sobre los temas de interés público.



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FUSION POR ABSORCION



CASA PALACIOS Y CIA. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(Nº expte. IGJ: 28905)
Y
MARIN PALACIOS HERMANOS S.A. (Nº expte. IGJ: 1773597)



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