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Buenos Aires, Viernes 17 de Abril de 2009
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20619


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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SÍNTESIS DOCTRINARIA DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - OFICINA DE JURISPRUDENCIA
DERECHO DEL TRABAJO
D.T. 27 18 b) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Relevamiento aéreo de diferentes zonas donde Aguas Argentinas tiene la concesión de servicios de agua potable y desagües de cloacas.
Aguas Argentinas SA resulta solidariamente responsable en los términos del art. 30 L.C.T., junto a la empresa que contratara para llevar a cabo el relevamiento aéreo de diferentes zonas donde aquélla tiene la concesión de los servicios de agua potable y desagües de cloacas, ya que esos relevamientos servían a Aguas Argentinas S.A. para fijar o actualizar las tarifas a los clientes, lo cual resulta esencial dado que de su realización dependen los ingresos de la empresa y, por lo tanto media una delegación de una parte de la actividad global de la empresa proveedora de agua y servicio de cloacas.
Sala III, S.D. 90.588 del 20/02/2009 Expte. N° 27.340/2006 “Castro Norma Marcela c/Buenos Aires Bureau Relevamientos S.A. y otros s/despido”. (P.-G.).

D.T. 27 18 b) Contrato de trabajo. Contratación y subcontratación. Solidaridad. Reparto de envíos a domicilio de un supermercado.
El reparto de envíos a domicilio de un supermercado al que los clientes concurren muchas veces a fin de hacer uso de dicho beneficio, constituye parte de la actividad normal y específica propia del establecimiento. Cabe destacar que los clientes contratan el envío de la mercadería a su domicilio con el supermercado, con independencia de quién sea la empresa o persona física encargada de transportarla, de allí que el supermercado sea solidariamente responsable en los términos del art. 30 LCT.
Sala II, S.D. 96.376 del 12/02/2009 Expte. N° 8.946/06 “Vener, Leonel Alexis c/DEGAC SA y otro s/despido”. (G.-P.).

Visitante N°: 26681104

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