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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Miércoles 15 de Junio de 2016
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20621


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR

Ley 27250
Modificación. Ley N° 24.240.

Sancionada: Mayo 18 de 2016
Promulgada de Hecho: Junio 08 de 2016
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el artículo 4° de la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, por el siguiente:
Artículo 4°: Información. El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27250 —
FEDERICO PINEDO. — EMILIO MONZÓ. — Juan P. Tunessi. — Eugenio Inchausti.

Fecha de publicación en Boletín Oficial 14/06/2016

Visitante N°: 26731334

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