Atención al público y publicaciones:

San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Viernes 05 de Enero de 2018
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20871


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
NOVEDADES IMPOSITIVAS

noviembre 2017
parteII
SALTA. LEY IMPOSITIVA. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIONES


Se establecen modificaciones a la ley impositiva y al Código Fiscal. Entre las principales, destacamos:
- Código Fiscal:
* Actividades económicas:
- Se incorporan como exentos los créditos hipotecarios.
- Se elimina la exención para la producción de bienes efectuada en la Provincia de Salta por empresas con planta industrial radicada en la misma -art. 174, inc. w), CF-.
- Se adecuan los tratamientos de exención en el impuesto, eliminando la condición del lugar de radicación o la ubicación del establecimiento del contribuyente o el lugar de producción del bien, entre los cuales resaltamos los siguientes: las cooperativas de consumo, por las operaciones que realicen con sus socios;
las cooperativas de comercialización e industrialización de productos agropecuarios, mineros y forestales, por las operaciones que realicen respecto de los productos recibidos de los mismos productores socios de ellas; y las cooperativas de provisión, por las operaciones que realicen con sus socios.
* Sellos:
- Se deroga la exención a los actos que tengan por objeto la transmisión de la propiedad de automotores 0 km en general -art. 276, inc. 22), CF-.
- Ley impositiva:
* La Provincia se adhiere a los términos fijados en el Consenso Fiscal, estableciendo exenciones y alícuotas
del impuesto a las actividades económicas para los períodos fiscales 2018 a 2022.
* Se fija la alícuota general del 36‰ en el impuesto a las actividades económicas para la actividad ejercida por profesionales universitarios, independientemente de la forma jurídica adoptada en el ejercicio de su profesión.
* En virtud del Consenso Fiscal, se establecen los siguientes topes de alícuotas máximas para el impuesto
de sellos, para todos los actos, contratos u operaciones, actuaciones administrativas o notariales, e instrumentos públicos y privados, a excepción de transferencias de inmuebles y automotores, y actividades hidrocarburíferas y servicios complementarios:
- 7,5‰ para el año 2019, 5‰ para el año 2020, 2,5‰ para el año 2021 y 0‰ a partir del año 2022.
Por último, destacamos que se fija el valor de la unidad tributaria en $ 2,5.
LEY (PODER LEGISLATIVO SALTA) 8064
BO (SALTA): 14/12/2017

CONVENIO MULTILATERAL. PRESENTACIÓN OBLIGATORIA DE LAS DECLARACIONES JURADAS
MENSUALES CM04 MEDIANTE SIFERE WEB A PARTIR DEL 1/1/2018


Se establece que, a partir del 1/1/2018, los contribuyentes que tributan por el régimen de Convenio Multilateral y utilizan el formulario mensual CM04 deben presentar el mismo mediante el sistema SIFERE
Web -oportunamente aprobado por RG (CA) 11/2014-.
RESOLUCIÓN GENERAL (COM. ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 19/2017
BO: 13/12/2017


CONVENIO MULTILATERAL. INGRESOS BRUTOS. SIRCREB. DECLARACIONES JURADAS. PAGOS.
VENCIMIENTOS PERÍODO FISCAL 2018


Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas decenales del período fiscal 2018 correspondientes al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del impuesto sobre los ingresos brutos, aplicables a los importes acreditados en cuentas bancarias.
RESOLUCIÓN GENERAL (COM. ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 18/2017
BO: 13/12/2017


CONVENIO MULTILATERAL. INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN INCLUIDOS EN EL SIRCAR. VENCIMIENTOS PARA EL PERÍODO FISCAL 2018


Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas del
período fiscal 2018 correspondientes a los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR
RESOLUCIÓN GENERAL (COM. ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 17/2017
BO: 13/12/2017


CONVENIO MULTILATERAL. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL AÑO 2018


Se fijan las fechas de vencimiento del período fiscal 2018 para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto sobre los ingresos brutos de los sujetos comprendidos en el Convenio Multilateral.
Señalamos que el vencimiento de la declaración jurada anual del período fiscal 2017 operará el día 29/6/2018.
RESOLUCIÓN GENERAL (COM. ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL) 16/2017
BO: 13/12/2017

Visitante N°: 34656307

Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral
Publicidadlateral