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Buenos Aires, Martes 21 de Septiembre de 2021
AÑO: LXXXI | Edicion N°: 20871


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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Empresas deben registrar la CBU de trabajadores y trabajadoras
Actualización de información
Con el fin de que la base de datos del Sistema Simplificación Registral se encuentre actualizada, la AFIP solicita a las empleadoras y los empleadores de todo el país que procedan a mantener correctamente informada la Clave Bancaria Uniforme (CBU) correspondiente a cada uno de sus trabajadoras y trabajadores.

La carga de la información requerida se realiza a través del servicio web “Simplificación Registral - Empleadores”, con clave fiscal nivel 2 o superior. Al momento suministrar y/o actualizar los datos, deberá seleccionar la solapa “Relaciones Laborales” y dentro la de la misma, la opción “Modificar los Datos Complementarios del Trabajador”. En caso de no poseer un perfil habilitado deberá incorporarlo a través del “Administrador de Relaciones con Clave Fiscal”.

La CBU debe corresponder a una cuenta bancaria válida, donde la trabajadora o el trabajador figure como titular o cotitular. No es necesario que se trate de una cuenta sueldo.

Visitante N°: 34662043

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