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Buenos Aires, Jueves 25 de Abril de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20618


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557) (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y Juzgados de Primera Instancia)
OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE 6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. f) Intereses. Ley de Riesgos del Trabajo. Incapacidad permanente parcial. Intereses. Punto de partida. Para determinar la procedencia de los intereses, y en su caso desde cuándo corresponde su cálculo, es preciso determinar la oportunidad en que se tornó exigible el pago de la prestación por incapacidad permanente parcial prevista en el art. 14 de la ley 24557, pues sólo a partir de ese momento puede considerarse que el deudor ha incurrido en mora. En el caso, el daño quedó jurídicamente consolidado con la fecha del alta médica, por lo que habría correspondido a la aseguradora abonar al actor la correspondiente prestación por incapacidad permanente parcial (art. 14, ap. 2 de la LRT) dentro del plazo de 30 días a contar desde esa fecha, en que cabe reputar definitiva dicha minusvalía (conf. Art. 2 de la res. 414/99 de la SRT y art. 7 ap. 2 y 9 ap. 2 de la LRT). No obsta a esta solución la circunstancia de que la comisión médica definiera el porcentaje de incapacidad laboral que afectaba al actor mucho después, porque cabe entender que al haberse sometido a una intervención quirúrgica y habiendo gozado de licencia en el trabajo como consecuencia de ello, la aseguradora contaba con la información suficiente para establecer, de modo unilateral, el nivel de minusvalía del trabajador. Ello sin perjuicio de los ajustes en más o en menos que pudiesen corresponder si el porcentaje de incapacidad determinado por las instancias posteriores fuese distinto del estimado originariamente por la aseguradora.


LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557) (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y Juzgados de Primera Instancia)
OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE 6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. c) Renta periódica. Inconstitucionalidad. Pago único. Topes. Ley de Riesgos del Trabajo. Topes. Decreto 1694/2009. Es deber del juez restablecer la protección constitucional cuando ella ha sido desactivada por la acción u omisión que surge del contexto normativo en un momento dado, porque implica ni más ni menos que restablecer el principio de supremacía de la Constitución a través del control de constitucionalidad. El Decreto 1694/2009 reconoce en sus considerandos el fracaso y la insuficiencia reparatoria de la Ley 24557, proclamando expresamente la necesidad de observar y aplicar las directivas emanadas de los fallos de la Corte Nacional. CNAT Sala VI Expte Nº 331/09 Sent. Def. Nº 63.648 del 9/02/2012 “S., M.A.c/P.ART S.A. s/accidente – acción civil”. (Craig – Raffaghelli).


LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557) (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y Juzgados de Primera Instancia)
OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE 6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. c) Renta periódica. Inconstitucionalidad. Pago único. Topes. Ley de Riesgos del Trabajo. Tope previsto en el art. 14 inc. 2 apartado “a” de la LRT. Aplicación retroactiva del decreto 1.694/2009. Declaración de inconstitucionalidad de oficio del tope. Con relación al tope previsto en el art. 14 inc. 2 apartado “a” de la L.R.T., cabe aplicar retroactivamente el decreto 1.694/2009 a fin de mejorar las prestaciones dinerarias en concepto de incapacidad laboral permanente y muerte, disponiendo la eliminación de los topes indemnizatorios previstos en el art. 11, inc. 3 de la ley 24.557. La aplicación del decreto, aún cuando el accidente hubiera tenido lugar con anterioridad, ha sido posibilitada a través del precedente de la CSJN “Arcuri Rojas, Elisa c/ANSES” (3/11/2009). Por otro lado, aunque la parte interesada no lo solicitara y en virtud de la aplicación del decreto 1.694/2009, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio del art. 14 inc. 2 a), en virtud del principio iura novit curia, aplicable cuando el juez suple el derecho que las partes no invocan, o invocan mal. CNAT Sala VII Expte. N° 29.761/09 Sent. Def. N°43.984 del 30/11/2011 “A., J.V.c/M.A. ART SA s/accidente - acción civil”. (Ferreirós - Rodríguez Brunengo).


CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
BOLETÍN TEMÁTICO I.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN II.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE SOCIOS Y DIRECTIVOS DE PERSONAS JURÍDICAS (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y de Juzgados de Primera Instancia) ACTUALIZACIÓN JUNIO 2012 1.3.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN. CASOS EN QUE NO SE DISCUTE LA VÍA.


LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557) (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y Juzgados de Primera Instancia)
OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE 6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. c) Renta periódica. Inconstitucionalidad. Pago único. Topes. Ley de Riesgos del Trabajo. Inconstitucionalidad del tope previsto en el art.14 apartado 2 inciso a) segundo párrafo. En el caso, el importe resarcitorio al cual el actor tiene derecho, aplicando el tope previsto en el art. 14 apartado 2 inc. a) segundo párrafo de la ley 24.557, se vería afectado en un 70,7% si la decisión del tribunal se constriñe a dicho tope legal. Es decir, la operatividad del tope en el caso, importa una “pulverización” del real significado del crédito, por lo cual cabe acudir al criterio utilizado por la CSJN en el caso “Vizzoti” en cuanto allí sostuvo que la operatividad de los topes sólo es razonable si el importe resultante no implica mermar en más de un 33% la remuneración base del cálculo indemnizatorio. Cabe pues declarar en el caso la inconstitucionalidad del tope previsto en el art. 14 apartado 2 inc. a) segundo párrafo de la ley 24.557. CNAT Sala X Expte. N° 37.664/07 Sent. Def. N° 18.688 del 30/06/2011 “M.,G.A.R.c/M.A.ART SA s/accidente-ley especial”. (Stortini-Corach). En el mismo sentido, Sala X Expte N° 2.418/2011 Sent. Def. N° 19.139 del 31/10/2011 “B.,R.A.A.c/P.A.R.T. S.A. s/ accidente – acción civil” (Corach – Brandolino).


LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557)
OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE 6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. c) Renta periódica. Inconstitucionalidad. Pago único. Topes.


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BOLETÍN TEMÁTICO I.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN II.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE SOCIOS Y DIRECTIVOS DE PERSONAS JURÍDICAS (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y de Juzgados de Primera Instancia) ACTUALIZACIÓN JUNIO 2012 1.3.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN. CASOS EN QUE NO SE DISCUTE LA VÍA.


LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO (Ley 24.557) OFICINA DE JURISPRUDENCIA ACTUALIZACIÓN ABRIL 2012 INDICE
6.- Prestaciones dinerarias. Ley original y reformas. Decretos 1278/00, 410/01 y decreto 1694/09. c) Renta periódica. Inconstitucionalidad. Pago único. Topes. Ley de Riesgos del Trabajo. Infortunio acaecido durante la vigencia del dec. 1278/00. Reparación no cancelada. Aplicación del decreto 1694/09.


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BOLETÍN TEMÁTICO I.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN II.- RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE SOCIOS Y DIRECTIVOS DE PERSONAS JURÍDICAS (Jurisprudencia de la CSJN, CNAT y de Juzgados de Primera Instancia) ACTUALIZACIÓN JUNIO 2012 1.- EXTENSIÓN DE RESPONSABILIDAD EN ETAPA DE EJECUCIÓN. 1.1.- Extensión de responsabilidad en la etapa de ejecución por vía incidental. b) Procedencia. 1.2.- Acción autónoma de extensión de responsabilidad. a) Procedencia.


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