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Buenos Aires, Miércoles 17 de Abril de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20612


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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LEY Nº 26.733 - CODIGO PENAL: MODIFICACIÓN
Sancionada: Diciembre 22 de 2011 Promulgada: Diciembre 27 de 2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 77 del Código Penal de la Nación, por el siguiente: Artículo 77: Para la inteligencia del texto de este código se tendrán presentes las siguientes reglas: Los plazos a que este código se refiere serán contados con arreglo a las disposiciones del Código Civil. Sin embargo, la liberación de los condenados a penas privativas de libertad se efectuará al mediodía del día correspondiente. La expresión «reglamentos» u «ordenanzas», comprende todas las disposiciones de carácter general dictadas por la autoridad competente en la materia de que traten.


Ley 26.684 CONCURSOS Y QUIEBRAS: Modificación de la Ley Nº 24.522.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Incorpórase como inciso 8 del artículo 11 de la ley 24.522 y sus modificatorias, de concursos y quiebras, el siguiente texto: 8) Acompañar nómina de empleados, con detalle de domicilio, categoría, antigüedad y última remuneración recibida. Deberá acompañarse también declaración sobre la existencia de deuda laboral y de deuda con los organismos de la seguridad social certificada por contador público.


Ley 26.684 CONCURSOS Y QUIEBRAS: Modificación de la Ley Nº 24.522.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Incorpórase como inciso 8 del artículo 11 de la ley 24.522 y sus modificatorias, de concursos y quiebras, el siguiente texto: 8) Acompañar nómina de empleados, con detalle de domicilio, categoría, antigüedad y última remuneración recibida. Deberá acompañarse también declaración sobre la existencia de deuda laboral y de deuda con los organismos de la seguridad social certificada por contador público.


DECRETO 824 /2011 CODIGO PENAL - Obsérvase y Promúlgase la Ley Nº 26.683.
Bs. As., 17/6/2011 VISTO el Proyecto de Ley Nº 26.683 sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION con fecha 1º de junio de 2011, y CONSIDERANDO: Que el aludido Proyecto de Ley introduce modificaciones al Código Penal de la Nación y a la Ley Nº 25.246 sobre encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Que el artículo 25 del Proyecto de Ley dispone que la Unidad de Información Financiera (UIF) no podrá constituirse como parte querellante en procesos penales. Que la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo es una preocupación prioritaria del Estado Nacional, toda vez que dichas conductas delictivas constituyen un serio riesgo, no sólo para la estabilidad de los sistemas democráticos y el desarrollo de sus economías, sino fundamentalmente para la libertad de los ciudadanos. Dicha lucha consiste en buena parte en la adopción de medidas regulatorias que tornen eficaces, en el orden interno, la prevención y represión de estos delitos. Que la (UIF) es el organismo encargado del análisis, tratamiento y transmisión de información, a efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos proveniente tanto de la comisión de diversos tipos delictuales como del delito de financiación del terrorismo. Que, asimismo, es competencia de la (UIF) colaborar con los órganos judiciales y del Ministerio Público, en la persecución penal de los referidos delitos. Que, en consecuencia, se estima necesario que la (UIF) se encuentre facultada para intervenir como parte querellante en los procesos en los que se investiguen delitos tipificados por la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias.


Ley 26.683 CODIGO PENAL - Modificación.
Sancionada: 01/06/2011 Promulgada Parcialmente: 17/06/2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Sustitúyese la denominación del capítulo XIII, título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: «Capítulo XIII. Encubrimiento». ARTICULO 2º — Derógase el artículo 278 del Código Penal.


Ley 26.683 CODIGO PENAL - Modificación.
Sancionada: 01/06/2011 Promulgada Parcialmente: 17/06/2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Sustitúyese la denominación del capítulo XIII, título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: «Capítulo XIII. Encubrimiento». ARTICULO 2º — Derógase el artículo 278 del Código Penal.


Ley 26.683 CODIGO PENAL - Modificación.
Sancionada: 01/06/2011 Promulgada Parcialmente: 17/06/2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Sustitúyese la denominación del capítulo XIII, título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: «Capítulo XIII. Encubrimiento». ARTICULO 2º — Derógase el artículo 278 del Código Penal.


NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
Ley 26.618 - MATRIMONIO CIVIL - Código Civil. Modificación. Sancionada: 15/07/2010 Promulgada: 21/07/2010.


NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL
Ley 26.618 - MATRIMONIO CIVIL - Código Civil. Modificación. Sancionada: 15/07/2010 Promulgada: 21/07/2010. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:


PROYECTO DE LEY NACIONAL DE ASOCIACIONES CIVILES
Sumario: Introducción: Importancia y Necesidad de sancionar legislativamente el “Proyecto de Ley Nacional de Asociaciones Civiles” en la República Argentina; Importancia del Proyecto de ley – Primera fundamentación; Fundamentos y actualizada Importancia del Proyecto de Ley de Asociaciones Civiles como Entidades de Bien Común; Situación legislativa de asociaciones civiles en la República Argentina; Análisis y técnica jurídica del Proyecto de ley; Institutos jurídicos que modifica y/ o incorpora en el derecho de fondo argentino.


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