Procedimiento. Fideicomisos financieros y no financieros. Títulos, acciones, cuotas, participaciones societarias y rentas pasivas. Resoluciones Generales N° 3.312 y 4.697. Plazo especial.
Resolución General 4839/2020
LIBRA COMPAÑÍA DE SEGUROS
ARSA ANTONIO ROMANO S.A.
ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A.
SEGUROS SURA S.A.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
OLIVOS DEL VALLE S.A.
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
«JURISPRUDENCIA»
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Dispone la modalidad de notificación electrónica en relación a los trámites de denuncias de capitalización y ahorro para fines determinados gestionadas en formato papel, mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la situación de emergencia por COVID-19. Las entidades administradoras deberán constituir con carácter de declaración jurada, dentro del plazo de 10 días contados a partir de la vigencia de la resolución, una dirección de correo electrónico que se considerará domicilio electrónico constituido. Este régimen de notificación podrá ser utilizado también en otros trámites en los que se disponga su habilitación o en actuaciones que el organismo inicie de oficio.