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San Martín 50, Piso 4, Of. 34/36 (1004) CABA

Buenos Aires, Martes 23 de Abril de 2024
AÑO: LXXX | Edicion N°: 20616


Ley_19550
Ley_22315
Decreto_1493
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CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 48).


CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
Boletín Temático de Jurisprudencia Octubre 2012 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 48). DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO: REPRESENTANTES SINDICALES. 5.- Exclusión de tutela a) Generalidades


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Boletín Temático de Jurisprudencia Octubre 2012 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 48).


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BOLETIN TEMATICO DE JURISPRUDENCIA Octubre 2012 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 48).


CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
PODER JUDICIAL DE LA NACION - PROSECRETARÍA GENERAL: OFICINA DE JURISPRUDENCIA BOLETÍN MENSUAL DE JURISPRUDENCIA Nº 323 J U L I O ‘ 2 0 1 2 OFICINA DE JURISPRUDENCIA FISCALÍA GENERAL Proc. 37 3 Excepciones. Falta de personería. Falta de legalización del poder. En tanto la excepción de falta de personería sólo procede en los supuestos de ausencia de capacidad procesal en el actor o en el demandado, como así también en la falta, defecto o insuficiencia de la representación de quienes comparecen al proceso en nombre de aquellos, no puede prosperar cuando la defensa se funda únicamente en la falta de legalización del poder acompañado ya que solo corresponde pedir que se intime al presentante para que se cumpla con tal requisito. F.G., Expte Nº 32036/2010 Dictamen Nº 55.115 del 05/07/2012 “F.O.R.c/ U.A.SA s/ Diferencias de salarios”. (Dr. Alvarez)


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Boletín Temático de Jurisprudencia Octubre 2012 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 8).


PODER JUDICIAL DE LA NACION - CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
PROSECRETARÍA GENERAL: OFICINA DE JURISPRUDENCIA BOLETÍN MENSUAL DE JURISPRUDENCIA Nº 323 J U L I O ‘ 2 0 1 2 OFICINA DE JURISPRUDENCIA PROCEDIMIENTO Proc. 49 bis Inconstitucionalidad. Declaración de oficio. Resulta procedente la declaración de inconstitucionalidad de oficio de una norma, ya que la función del juez que se enuncia con el adagio latino “iura novit curia”, es suplir el derecho que las partes no le invocan o que le invocan mal. Los hechos del proceso deben ser invocados y probados por las partes, pero en lo atinente al derecho aplicable el juez debe fallar conforme a lo que él considera y razona como conducente a la decisión del proceso. El control de constitucionalidad no depende de las partes porque la supremacía de la Constitución es de orden público. No puede argüirse en contra de lo expuesto la posible violación del derecho de defensa o de una posible indefensión, ya que hay que prever la cuestión constitucional dentro de ese derecho de defensa y no tenerlo en cuenta por las partes, sólo sería una imprevisión que puede atenderse y que sólo sería imputable a ellas. Ramírez Bosco (DT XLIII-B) destaca la vinculación de la declaración de oficio de la inconstitucionalidad con el principio de irrenunciabilidad del Derecho del Trabajo y, a su vez, como derivación necesaria del principio protectorio. Sala VII, Expte. Nº 10.329/2010 Sent. Def. Nº 44490 del 31/07/2012 “U.E.V.c/M.A. SA s/accidente-ley especial”. (Ferreirós-rodríguez Brunengo).


CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA
Sumario: Medida Precautoria: Anotación de Litis en Legajo de I.GJ. Escritura – Rúbrica de Libros Sociales: Redargución de Falsedad. Medida Cautelar: Invocación de Peligro en la Demora – Medida Autosatisfactiva . Improcedente. Inmueble Propiedad de la S.A.: Anotación de Litis en el Registro de la Propiedad Inmueble. Caución Juratoria. “Puesto que anoticiados de la traba de la medida, cualquiera fuera ella, no podrían quienes se irrogan la calidad de administradores de la sociedad, ampararse en la ignorancia sobre la existencia del presente pleito y celebrar actos jurídicos -v. gr. aumento de capital o de disposición de bienes- como los intentados hacia el año 2009, conforme se denuncia.” “…de conformidad con las previsiones del art. 204 CPCC, otorgar la tutela solicitada mediante la anotación de la litis en los Registros de la Propiedad en los que se acredite la existencia de bienes inscriptos como de propiedad de la sociedad demandante.” “… se hará conocer a los terceros interesados en contratar con la sociedad, acotando de modo suficiente la posibilidad de la ejecución de actos perjudiciales para la sociedad y su patrimonio.”


PODER JUDICIAL DE LA NACION - CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
BOLETÍN MENSUAL DE JURISPRUDENCIA Nº 323 J U L I O ‘ 2 0 1 2 OFICINA DE JURISPRUDENCIA OFICINA DE JURISPRUDENCIA PROCEDIMIENTO Proc. 25 Costas. Demanda que prospera por un porcentaje de incapacidad menor que el denunciado. Cuando la demanda prospera por un porcentaje de incapacidad menor que el denunciado, es necesario tener en cuenta que el trabajador carece de los conocimientos técnicos para calcular su minusvalía y por ello no es procedente eximir de costas a la demandada, puesto que los porcentajes denunciados en la demanda deben considerarse estimados y sujetos a las probanzas de la causa. Sala IV, Expte. Nº 28.020 Sent. Def. Nº 96440 del 11/07/2012 “G.S. c/M.A.ART SA s/accidente-ley especial”. (Guisado-Marino).


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Boletín Temático de Jurisprudencia Octubre 2012 DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO PARTE II: “REPRESENTANTES SINDICALES” Jurisprudencia de la CSJN y de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO INDICE 1.- Estabilidad gremial (pág. 2). 2.-Tutela sindical (pág. 5). 3.- Tutela de candidatos (pág. 13) 4.- Permisos gremiales (pág. 15) 5.- Exclusión de tutela (pág. 15) a) Generalidades. b) Jubilación. c) Enfermedad o incapacidad. 6 - Cierre del establecimiento (pág. 27) 7 – Acción de reinstalación o restablecimiento (pág. 28) 8.- Indemnizaciones y astreintes (pág. 39) 9. – Competencia en cuestiones sindicales (pág. 41) 10.- Medidas cautelares (pág. 41) - Publicaciones y libros (pág. 48).


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